El 31 de octubre vence el plazo legal para que la Gobernadora del Meta expida el decreto mediante el cual se establece la categoría fiscal del departamento para la vigencia 2027. La información disponible plantea un escenario de descenso de primera a segunda categoría, principalmente por no alcanzar el nivel de ingresos corrientes de libre destinación (ICLD) requerido. De acuerdo con los datos certificados por la Contraloría General de la República, los ingresos del departamento no alcanzarían el umbral exigido para conservar la primera categoría. La posibilidad de acogerse al mecanismo excepcional previsto en el parágrafo 4 del artículo 1 de la Ley 617 de 2000 también enfrenta un reto considerable.
Según el reporte de ejecución presupuestal de la Gobernación del Meta, disponible en el Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) del Departamento Nacional de Planeación – DNP, correspondiente al segundo trimestre de 2026 (enero-junio), los ICLD efectivamente recaudados fueron de $124.143 millones. Para alcanzar el umbral de referencia de aproximadamente $297.656 millones, el departamento tendría que recaudar otros $173.512 millones durante el segundo semestre, es decir, un 39,8% más que lo obtenido en los primeros seis meses. Este esfuerzo fiscal coincide con un contexto económico desfavorable: el DANE reportó variaciones negativas de la actividad económica del Meta en el primer trimestre (-0,3%) y en el segundo trimestre (-0,2%) de 2026. En el acumulado enero-junio, la contracción fue del 0,3%, mientras la economía nacional creció 2,9%.
¿¿Qué implica para el Meta perder la primera categoría?
El paso de primera a segunda categoría no representa, por sí mismo, una reducción de las transferencias nacionales, de los recursos del Sistema General de Participaciones o del presupuesto destinado a inversión. Tampoco constituye una sanción fiscal. Sin embargo, sí tiene implicaciones administrativas, presupuestales e institucionales:
- Menor límite salarial para la Gobernadora: la categoría segunda tiene un techo máximo salarial inferior al de primera, de acuerdo con los decretos salariales nacionales.
- Cambios en los parámetros de la Asamblea Departamental: la categoría incide en las reglas que determinan su remuneración y los límites de sus gastos, con las garantías legales y jurisprudenciales aplicables a los períodos constitucionales en curso.
- Una señal sobre la capacidad fiscal del departamento: la disminución de categoría evidencia que los ICLD no alcanzaron el umbral establecido en salarios mínimos. Esto obliga a examinar la evolución del recaudo, el esfuerzo tributario y la sostenibilidad de las finanzas departamentales.
No obstante, el principal asunto de preocupación no debería ser la clasificación administrativa en sí misma, sino la evolución de los ingresos propios del Meta y su capacidad para financiar de manera sostenible sus compromisos y proyectos de inversión. El panorama también plantea un desafío de mediano plazo. Si el comportamiento del recaudo no mejora sustancialmente, la situación podría extenderse a la vigencia 2028, pues la categorización de ese año dependerá de los ingresos efectivamente recaudados durante 2027 y de los nuevos umbrales legales. La discusión de fondo no es solamente la categoría que tendrá el Meta en 2027, sino; ¿Qué está pasando con su capacidad de generar ingresos y sostener su desarrollo?, ¿Qué pasará con la inversión pública en el Meta en un escenario pospetrolero?, y ¿Qúe estrategias de política económica se estan implementado para dinamizar la economía regional?.
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